martes, 28 de agosto de 2007

Ay Telefónica!!!! Ojito Ojito con Telefónica!!!

Señores a raíz del sismo del miercoles 15 de agosto se suscitaron diferentes suspicacias respecto del contrato de concesión entre Telefónica del Perú y el Estado Peruano.

Existen muchas ineficiencias y falta de calidad en el servicio por parte de Telefónica del Perú, sobre todo en cuanto a lo que es telefonía pública, aunque también en cuanto a lo que es telefonía celular y telefonía fija en donde no se han ampliado las redes de comunicación ni se han iniciado nuevas tecnologías que sí hay en otros países del mundo, como por ejemplo en Chile.

Creemos que esto se debe a la mala negociación que se produjo en el año 1994 durante el gobierno del hoy prófugo, Ing. alberto Fujimori Fujimori, quien junto a sus entonces Ministros Daniel Hokama Tokashiki y Efrain Goldenberg, junto con un grupo de técnicos. Acá les dejamos con algunas de las cláusulas del contrato que se negociaron en ese momento:


SECCIÓN 8.04: OBLIGACIONES EN CASO DE EMERGENCIA O CRISIS.
(a) Emergencia con relacion a Desastres Naturales. En caso que se produzca una situacion de emergencia
o crisis local, regional o nacional, tal como terremotos, inundaciones u otros hechos analogos, que requieran
de atencion especial por parte de la EMPRESA CONCESIONARIA, esta brindara los servicios
que sean necesarios dando prioridad a las acciones de apoyo conducentes a la solucion de la situacion
de emergencia. Para este efecto la EMPRESA CONCESIONARIA coordinara y seguira las instrucciones
del MINISTERIO.



ACA LESDEJO CON ALGUNAS DE LAS CLAUSULAS DEL CONTRATO DE CONCESION QUE FIRMASE LA ENTONCES EMPRESA ENTEL PERU, CON EL ESTADO PERUANO Y QUE DESPUES FUESE ADQUIRIDA POR LA EMPRESA TELEFONICA DE ESPAÑA, PARA FORMAR LA ACTUAL EMPRESA CON FILIAL EN EL PERU, "TELEFONICA DEL PERU".

SECCIÓN 8.11: REQUISITOS DE ASISTENCIA A ABONADOS Y USUARIOS.

(c) Requisitos de Asistencia Minima. La EMPRESA CONCESIONARIA como minimo prestara durante el
PLAZO DE LA CONCESION los siguientes servicios de asistencia a los ABONADOS y USUARIOS:
(i) Acceso local a servicios publicos de emergencia, libres de cargo, desde todos los telefonos
y TELEFONOS PUBLICOS, bajo un mismo numero de emergencia nacional. A fin de establecer
tal numero de emergencia nacional dentro de los dieciocho (18) meses siguientes a
la FECHA EFECTIVA, la EMPRESA CONCESIONARIA coordinara y cooperara con el MINISTERIO
o la entidad que este designe. En todo caso, la EMPRESA CONCESIONARIA estara
obligada a proveer las instalaciones de la red que sean necesarias a fin de implementar
un servicio nacional de emergencia.


SECCIÓN 17.02: MODIFICACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO POR EL MINISTERIO.
El MINISTERIO podra cambiar o modificar este CONTRATO unilateralmente sin necesidad del consentimiento
de la EMPRESA CONCESIONARIA, si dicha modificacion fuera necesaria por causa de utilidad
publica, siempre que dichos cambios o modificaciones: (i) se limiten a la Clausula 13 o sea requerido por leyes
internacionales o tratados; (ii) sean determinados conforme al procedimiento establecido en la Seccion
17.06.

y USTEDES COMO INTERPRETARIAN LAS CLAUSULAS DEL CONTRATO DE CONCESION, QUIERO VER CUALES ES SU OPINION PERSONAL AL RESPECTO, ES QUE ACASO NO PUEDE MODIFICAR UNILATERLAMENTE EL CONTRATO EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, ESO SE LO EN MANOS DE LA ACTUAL MINISTRA VERONICA ZAVALA, PERO LA VERDAD ES QUE SIENDO REALISTAS LOSGRUPOS DE PODER QUE MANEJA LOS SECTORES DE PODER ECONOMICO Y POLITICOS POR DETRAS, A TRAVES DE SUS LOBBIES, VA AHACER QUE SEA MAS FACIL QUE UN CAMELLO PASE POR EL OJO DE UNA AGUJA A QUE SUCEDA REALMENTE LO QUE ESTAPACTADO ENE LECONTRATO PARA PERJUICIO DE LOS INTERESES DE LOS CONSUMIDORES, QUIENES TENEMOS TODO EL DERECHO DE RECIBIR UN SERVCIO DE CALIDAD, TANTO EN TELEFONIA FIJA,CELULAR COMO DE LOS DIVERSOS TELEFONOS PUBLICOS

Estos grupos de poder tanto políticos como empresariales que defienden a capa y a espada a esta empresa de teléfonos tales como la Asociación de Fomento de la Infraestructura Nacional, que son un grupo de empresarios que se dedican aeste rubro de las telecomunicaciones, representados por su vocero oficial, Gonzalo Prialé y dentro del propio poder político personajes tales como la Viceministra de Transportes y Comunicaciones, Cayetana Aljovín, que pretende encubrir el accionar incompetente de esta empresa.


Así que desde este portal virtual exigimos que el OSIPTEL, ponga MANO FIRME, al respecto y pongaen fiel cumplimiento con los puntos contenidos en el presente contrato, tales como la MEJORAEN LA CALIDAD DELSERVICIO TELEFONICO, LA REDUCCION DE TARIFAS Y LAMEJORA,CUIDADO Y CONTROL DE LAS CABINAS PUBLICAS DE TELEFONO, DONDE APUESTO QUE A MAS DE UNO DE NOSOTROS ESE MALDITO APARATO SE NOS HA COMIDO MAS DE UN SOL O CHINA, QUE LLEVABAMOS DENTRO DEL BOLSILLO, PAGANDO POR LAS PURAS POR UN SERVICIO NO EFECTUADO O REALIZADO.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Como todos los juristas o estudiantes de las facultades de Derecho sabemos, según el artículo 140º del código Civil de 1984 el Acto Jurídico es una manifestación de voluntades, y este se caracteriza por tener a dos sujetos de derecho que son capaces de cumplir sus obligaciones que se estipulan en el mismo, pero a los eñores de la Telefónica se les olvidó que el contrato que firmaron en el año de 1994 ellos tenían deberes con la ciudadanía a nivel de conexiones y de antenas telefónicas. Durante el día del sismo estos puntos en el contrato (ojo el contrato es un Acto Jurídco elemental)pareció no haber existido pues las comunicaciones fallaron y las antenas colapsaron, entonces me hago una pregunta, sabiendo que esta es una causa de anulación de un Acto Jurídico por incapacidad de una de las partes...¿Por qué no mejor se anula?
Luis Gamarra UNMSM