martes, 25 de noviembre de 2008

DÍA DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER: EL PAPEL DE LOS SERVICIOS DE JUSTICIA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR

El 25 de noviembre de 1960, las tres hermanas Mirabal, militantes opositoras a la dictadura que ejerció Leónidas Trujillo en República Dominicana, fueron asesinadas. Es por eso que ese día se celebra en todo el mundo el Día de la no violencia contra la mujer.



El día de la No Violencia contra la mujer, este comentario tiene el propósito de reflexionar sobre las políticas y mecanismos que se impulsan desde el ámbito del sistema de justicia para hacer efectivo el derecho de acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, todo con ello con la finalidad de contribuir a erradicar y sancionar la violencia que se ejerce contra ellas.

La violencia contra la mujer supone cualquier acción o conducta, basada en el género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado (Convención Belem Do Pará). Podemos señalar que se trata de un problema que afecta los derechos humanos de las mujeres y un problema de salud pública según está reconocido en la Ley General de Salud de nuestro país.



En efecto, en los años noventa el Estado promulgó la Ley de Protección frente a la violencia familiar (1993) en el Acuerdo Nacional se adoptó una política destinada a erradicar la violencia familiar (Décimo Sexta), y desde el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a través de los Centros de emergencia atendieron en el lapso de (2002-2007) 33,212 casos de violencia contra la mujer. Pese a que el Plan contra la violencia hacia la Mujer planteaba como meta hacer un registro único de las denuncias y de asistencia a la victimas, el Estado aun tiene pendiente esta tarea para mejorar sus políticas al respecto. Asimismo, según el plan nacional el Mindes no ha cumplido con la construcción de las casas de refugio para las victimas de violencia familiar. Las mujeres de organizaciones sociales desconocen el contenido del nuevo plan sobre la violencia contra la mujer, el 68.5% de mujeres cree que el Estado no se preocupa por la violencia contra el sexo femenino.



La erradicación de la violencia contra las mujeres es una tarea que compromete al Estado, las instituciones y la ciudadanía en general para garantizar que las víctimas de violencia denuncien los hechos, se garantice un proceso judicial justo, rápido y efectivo, y las víctimas reciban una atención de calidad.

De otro lado, es necesario tomar conciencia que la importancia de hacer efectivo el derecho acceso a la justicia radica en el hecho que éste se convierte en una garantía de igualdad, pues evita la impunidad de las violaciones a los derechos de las mujeres, implica la eliminación de las barreras de discriminación que sufren las mujeres y a la vez es una forma concreta de empoderarlas, reponer la situación de sus derechos al estado anterior, y repararlas por las violaciones cometidas en su contra.

Las mujeres "sólo tendrán igualdad de acceso a la justicia -y la violencia contra la mujer sólo será eliminada-, cuando se construya una mentalidad que las conciba como iguales y no como inferiores, pues ésta es la causa estructural de la violencia contra las mujeres" Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en las Américas.


Un Plan Integral de protección de las víctimas de violencia familiar:

Adicionalmente a la Ley 26260 violencia Familiar, es necesario establecer medidas interdisciplinarias adicionales:



* Políticas de capacitación y especialización de funcionarios: Cuyo objeto sea sensibilizar a los jueces respecto a la situación actual de violencia en nuestro país, especialmente violencia familiar, instruirlos en la perspectiva de género transversal a cualquier acción pública; y de manera gradual, crear juzgados especializados en casos de violencia familiar, cuyas atribuciones incluyan el establecimiento de una sanción penal y de reparaciones para las víctimas.

Todo esto por supuesto, buscando hacer efectiva la aplicación los mecanismos que la normatividad actual pone a disposición de los operadores del sistema de justicia.



* Políticas educativas a nivel primario, secundario y superior: Tal como hemos mencionado, de nada serviría promover políticas de sensibilización sino se ataca el problema cultural; sino inculcamos una cultura de igualdad y respeto que incluya una perspectiva de género, cualquier resultado sería superficial.

* Políticas de difusión, sensibilización y coordinación de la población: El ejecutivo se encargaría de promover una perspectiva de género institucional en toda institución del Estado; así como romper estereotipos de roles en la sociedad y buscar redefinir el concepto de jerarquía familiar e igualdad en las relaciones dentro de esta.

A su vez, la coordinación con asociaciones especializadas en violencia familiar y de género, permitiría una difusión y sensibilización más efectiva.

No hay comentarios.: