martes, 9 de octubre de 2007

ANALISIS DE LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO COMO CONFLICTO ARMADO INTERNO, DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

AMBITOS DE APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO EN EL CONFLICTO ARMADO INTERNO (CANI) DEL PERÚ (1980-2000???) DE LUCHA CONTRA EL TERRORISMO:


RATIONE MATERIAE: ES UN CONFLICTO ARMADO INTERNO DE LUCHA CONTRA EL TERRORISMO!!!.

La CAUSA INMEDIATA y FUNDAMENTAL del desencadenamiento del conflicto armado interno vivido en el Perú, fue la decisión de la ORGANIZACIÓN TERRORISTA SENDERO LUMINOSO (SL,), encabezada por su máximo cabecilla principal, Abimael Guzmán Reinoso (quien hoy purga condena en la Base Naval del Callao al lado de Vladimiro Montesinos Torres, ex jefe real del SIN y encarnaba para Sendero Luminoso el carácter del culto a la personalidad del denominado “Pensamiento Gonzalo” ); de iniciar una “guerra popular” contra el Estado Peruano, utilizando de manera masiva y sistemática, métodos de extrema violencia y terror sin respetar las normas básicas del Derecho Internacional Humanitario y menos los Derechos Humanos de la población peruana.

Esta violencia iniciada por los terroristas, estuvo dirigida por ellos contra lo que ellos denominaban el “antiguo orden”, en las áreas iniciales del conflicto armado interno, como lo son Ayacucho y Apurímac, por lo que la mayor parte de víctimas de las acciones terroristas de Sendero Luminoso fueron campesinos pobres y/o pequeñas autoridades locales de menor rango, que representaban al aparato estatal del Perú.

En 1984, ingresó al campo de la lucha armada, otro grupo terrorista, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), el cual buscó diferenciarse de las fuerzas de Sendero Luminoso, desarrollando un “ejército guerrillero”, bajo el modelo convencional de las guerrillas subversivas latinoamericanas, por lo que organizó columnas de combatientes provistos de armas de guerra, con uniformes en algunos casos y concentrados en campamentos fuera de las áreas pobladas. En determinados casos, el MRTA reclamó guiar sus acciones armadas y el trato de prisioneros de guerra por las Convenciones de Ginebra, normas del Derecho Internacional Humanitario.
El MRTA finalmente terminó adoptando métodos y modalidades de ataque terrorista (lo que lo convierte en ORGANIZACIÓN TERRORISTA), muy similares a los de Sendero Luminoso, pero por otro lado también incurrieron en actos propios del acontecer delincuencial, como la práctica sistemática de secuestros a empresarios, en las denominadas “cárceles del pueblo”, con el fin de obtener un rescate valorizado en dinero.

Frente al Estado de Guerra iniciado y desatado por las fuerzas terroristas de Sendero Luminoso y del MRTA, el ESTADO TUVO EL DEBER Y EL DERECHO DE DEFENDERSE, BAJO LA OBLIGACIÓN DE DEFENDER Y PROTEGER LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE SUS CIUDADANOS. Buscando una respuesta rápida al avance de la subversión armada, que en poco tiempo se expandió a casi todo el país, los gobernantes dejaron en la mayor parte de los casos, la conducción de la LUCHA CONTRA EL TERRORISMO, en manos de las Fuerzas Armadas sin tomar las previsiones necesarias para impedir atropellos contra la vida y la dignidad de la población peruana, sobre todo por la falta de preparación metodológica y estratégica que tenían las fuerzas del orden, de confundir a la población campesina de las zonas altoandinas con subversivos terroristas, sobre todo porque las fuerzas militares peruanas no se sentían aptas ni mucho menos en capacidad ante un fenómeno nuevo sin precedentes, en la Historia Republicana del Perú´, sin embargo EL Ejército, la Marina de Guerra, la Fuerza Aérea del Perú (FAP) y la Policía Nacional del Perú les hicieron frente arriesgaron su vida, CUMPLIENDO CON EL DEBER DE LA LUCHAR CONTRA LAS FUERZAS TERRORISTAS DE SENDERO LUMINOSO Y DEL MRTA, GANANDO FINALMENTE LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO, a quienes el Estado y el Perú entero les debe su respeto y reconocimiento como héroes de la Pacificación interna, tras el conflicto armado interno que hubo en el país entero.


2.- RATIONE PERSONAE: LOS SUJETOS ACTIVOS Y PASIVOS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO PERUANO.-

LOS ACTORES DEL CONFLICTO PODRIAN SER CLASIFICADOS EN:

LOS SUJETOS ACTIVOS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO (CANI):

1.- LA ORGANIZACIÓN TERRORISTA SENDERO LUMINOSO (SL), AUNQUE EL INFORME FINAL DE LA COMISION DE LA VERDAD Y DE LA RECONCILIACION (CVR), PREFIERE DENOMINARLOS COMO PARTIDO COMUNISTA DEL PERÚ – SENDERO LUMINOSO (PCP – SL).
Nosotros preferimos denominarlo como “ORGANIZACIÓN TERRORISTA”, puesto que su accionar armado de métodos y medios con los que contaron en su “lucha armada” contra el Estado Peruano, fue de corte terrorista, en los hechos concretos, más allá de las ideologías, perpetrando una serie de crímenes internacionales, que corresponderían ser sancionados por el Derecho Penal Internacional, así como una innumerable serie de violaciones a los Derechos Humanos y a los Convenios de Ginebra, así como del Derecho Internacional Humanitario en genera haciendo uso de la PERFIDIA como principal recurs de guerral, por lo que no nos gusta la denominación que le da ia CVR de “Partido” puesto que si bien es cierto por el Estatuto de Roma, dejarían de tener legitimidad jurídica para su accionar, en el fondo se presta para interpretaciones de legitimidad tanto moral como políticas al accionar de Sendero Luminoso como el del MRTA, por parte de la CVR.

2.- El Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA)

Esta ORGANIZACIÓN TERRORISTA, recurrió a la práctica sistemática de asesinatos como el del Gral. Enrique López Albújar, la toma de rehenes como la de la Residencia del Embajador Japonés en Lima, en 1996 y una serie de secuestros sistemáticos, en las denominadas “cárceles del pueblo”, crímenes penales internacionales, que violan los derechos fundamentales de las personas y el Derecho Internacional Humanitario, derecho que el MRTA, afirmaba falsamente respetar.

3.- El Estado Peruano:
El Estado Peruano, ante este furibundo ataque iniciado y ocasionado por los terroristas de Sendero Luminoso y del MRTA, en su rol de defender el Estado de Derecho y los Derechos Fundamentales de sus habitantes manifestó su respuesta de ataque con el fin de mantener el orden interno a través de sus:

a.- Las Fuerzas Armadas:

Las Fuerzas Armadas cumplieron con su deber de enfrentar con el fin de proteger con coraje y valentía al Estado Peruano y al pueblo en la lucha contra Sendero Luminoso y el MRTA, como agentes terroristas del conflicto armado interno.

La CVR afirma que las Fuerzas Armadas aplicaron en un primer período una represión indiscriminada contra la población peruana considerada como sospechosa de pertener a la organización terrorista Sendero Luminoso (aunque la CVR lo señala como PCP – SL). En un segundo período la estrategia de lucha se hizo más selectiva, aunque continuó posibilitando numerosas violaciones a los Derechos Humanos.
La CVR también afirma que en ciertos lugares y momentos del conflicto la actuaciòn de miembros de las Fuerzas Armadas no sólo involucró algunos excesos individuales de oficiales o personal de tropa, sino también prácticas generalizadas y/o sistemática de violaciones a los Derechos humanos, que constituyen crímenes de lesa humanidad así como transgresiones de normas del Derecho Internacional Humanitario.
En este último punto discrepamos totalmente del Informe final de la CVR, en el sentido que el término de "sistemático", sistemáticas violaciones de los derechos humanos, somos de la idea de que sí hubieron violaciones a los Derechos humanos, pero emplear dicho término de sistemático nos parece totalmente exagerado puesto que eso implicaría pensar de que las Fuerzas Armadas como institución castrense eran una institución que tenía como único objetivo, efectuar crímenes de lesa humanidad en la población peruana, de que hubieron violaciones a los Derechos Humanos por parte de las fuerzas del orden, sin duda que las hubieron, pero no se puede generalizar e ir contra el espíritu de toda una institución por la presencia de casos aislados de violaciones de Derechos Humanos por determinados militares con nombre propio y no a toda una institución en general.

b.- Las Fuerzas Policiales:

Las fuerzas policiales como las Fuerzas Armadas tenían el deber de enfrentar a los grupos subversivos terroristas en pos de proteger los derechos fundamentales de la población civil.
La CVR señala que las fuerzas policiales tuvieron que enfrentar a la agresión de Sendero Luminoso y del MRTA, sin entrenamiento adecuado sin un personal suficientemente efectivo que le haga frente a la subversión, ya que no contaron con un apoyo adecuado del gobierno.

5.- Comités de Autodefensa Nacional o Rondas Campesinas.
Surgieron como


Sujetos Pasivos del Conflicto Armado Interno (CANI):

Estuvieron presentes en el conflicto pero en sí no eran las partes bélicas en conflicto:

1.- Población Civil

2.- La Iglesia Católica

3.- Gremios Empresariales.

4.- Sindicatos Laborales de Trabajadores

5.- Los Medios de Comunicación

6.- Las Universidades Nacionales

7.- Las Organizaciones Civiles de Base


3.- RATIONES TEMPORIS: APLICACION DEL DIH EN EL TIEMPO (1980-2000???)

De acuerdo a la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), el inicio del conflicto armado interno en el Perú,en su Etapa Inicial se produce desde el primer acto de violencia terrorista cometido por el Partido Comunista del Perú - Sendero Luminoso (para nosotros como ya lo hemos dicho anteriormente es una simple "ORGANIZACIÓN TERRORISTA"), el 17 de mayo de 1980, tras la Sendero Luminoso inició su "lucha armada" en el poblado, hoy distrito de Chuschi,en la provincia de Cangallo, en el departamento de Ayacucho, en el que siendo vísperas de elecciones presidenciales, Sendero Luminoso mostró su rechazo a la demoracia quemando once ánforas electorales, hasta la disposición presidencial del 29 de diciembre de 1982gobierno del Arquitecto Don Fernando Belaúnde Terry, de establecer el ingreso de las Fuerzas Armadas en la lucha contrasubersiva en Ayacucho.

De acuerdo a la CVR, la etapa final del conflicto armado interno en el Perú va desde la captura de Abimael Guzmán Reinoso, el 12 de septiembre de 1992 hasta el abandono del país del ex-Presidente de la República, Ing. Alberto Fujimori Fujimori junto con el final de su mandato, en noviembre del año 2000.

Sin embargo a nuestro parecer, hoy en día se sigue hablando de rezagos senderistas, pero por lo general se trata de hombres armados al servicio de alguna red de narcotráfico u a otros intereses nada lícitosd dentro de un Estado Constitucional. En el campo de las ideas, Sendero ha perdido la batalla. El escenario actual, sin embargo, no es garantía de paz eterna. Las revueltas sociales que se dan a diversos niveles no son comparables, en su magnitud, como en el caso del conflicto armado interno en Colombia, pero la tendencia es clara: El Perú está en la cuerda floja. La tarea urgente consiste, hoy, en lograr que esas nuevas fuerzas se conviertan en actores políticos cuyos discursos se muevan dentro del estado de derecho, respetando los derechos fundamentales de todo ciudadano. Por eso es que no estamos de acuerdo en señalar que el conflicto armado interno en el Perú ha terminado en el año 2000 con el fin del gobierno del Ing. Alberto Fujimori Fujimori, quizás sí bajo un concepto de cese de hostilidades de PAZ NEGATIVA sino que aún sigue dándose bajo un concepto de PAZ POSITIVa que se tiene que desarrollar a corto, mediano y largo plazo.


4.- RATIONE LOCI: APLICAIÓN EN EL ESPACIO

En todo el territorio nacional del Perú, enfocándose incialmente en la sierra central y sur del Perú, en los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Apurímac y Pasco, principalmente en las zonas rurales.
Estas organizaciones terroristas también realizaron atentados en los espacios urbanos de la capital, en el deapartamento de Lima y en una serie de ciudades del centro del país, con la presencia de los tristemente célebres "coches bomba", como el de la calle Tarata en Miraflores, como un uso de un medio pérfido de combate.
Los terroristas, también desplegaron sus acciones en nuevas áreas siendo el noriente y la selva central, las zonas ganaderas y mineras, el sur andino y por supuesto, Lima Metropolitana, el nuevo escenario de sus acciones.

Cuando los terroristas estuvieron en retirada enfocaron su centro de operaciones en la Selva Central, siendo el Valle del huallaga, ´los valles del Monzón y del río Ene, los principales focos de subervsión puesto que aún quedan rezagos terroristas que deben ser eliminados totalmente, contemplando obviamente las normas positivas y consuetudianerias del Derecho Internacional Humanitario para evitar un peligro a la Paz Social Interna que tanto nos ha costado lograr a todos los peruanos.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Mucha palabrería y transcripción de sus clases de Burneo y las fotocopias encargadadas en el curso, Dr. Vill... pero falta base legal y referencias a los tratados corespondientes.
Buen intento.

Dr. Vill dijo...

SEÑOR ANONIMO ESOS SON ELEMENTOS DE ANALISIS DE LOS HECHOS QUE SUCEDIERON EN EL CONFLICTO ARMADO INTERNO, ES DECIR NO HAY UNA BASE LEGAL POSITIVA PUESTO QUE ES UN PROCESO DE ANALISIS DE LO QUE SUCEDIO EN LOS ULTIMOS VEINTE AÑOS EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO, PARA ANALIZAR LOS ASPECGTOS MATERIALES O LAS RAZONES DE FONDO DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO (CANI) EN EL PERU, QUIENES FUERON LOS SUJETOS ACTIVOS Y PASIVOS QUE FUERON PARTES EN EL CONFLICTO, EL LUGAR O EL AMBITO TERRITORIAL DONDE SE DESENCADENARON DICHOS ACTOS DE VIOLENCIA EXTREMA Y POR ULTIMO, EL TIEMPO DE DURACION DE DICHO CONFLICTO QUE PARA NOSOTROS AUN NO TERMINA, PUESTO QUE LA IDA DE FUJIMORI A JAPON O EL HECHO DE LA CAIDA DE SU REGIMEN PARA NOSOTROS NO TIENE NINGUN TIPO DE CONEXIDAD CON QUE SE HAYA ACABADO DICHO CONFLICTO ARMADO NO INTERNACIONAL (CANI).

ADEMAS CLARO QUE HAGO REFERENCIA A TRATADOS INTERNACIONALES Y QUE SON ENTONCES LOS CONVENIOS DE GINEBRA, QUE TRATAN SOBRE EL TRATO QUESE DEBE DE DAR A LOS HERIDOS Y ENFERMOS DE LAS FUERZAS ARMADAS EN CAMPAÑA (CONVENIO DE GINEBRA I), EL BUEN TRATO QUE SE DEBE DAR A LOS PRISIONEROS DE GUERRA DE LAS PARTES EN CONFLICTO (CONVENIO II) Y EL BUEN TRATO QUE SE DEBE A DAR A LOS CIVILES O A LA POBLACION EN TIEMPOS DE GUERRA O DE CONFLICTO ARMADO INTERNO QUE LAS FUERZAS TERRORISTAS DE SENDERO LUMINOSO COMO DEL MRTA, JAMAS CUMPLIERON.

POR ULTIMO GRACIAS POR TUS BUENOS DESEOS PERO NO ES UN INTENTO SINO UNA REALIDAD, SIENDO UNA MEZCLA DE CONOCMINETOS RECIBIDAS EN LAS CLASES CON EL DR DE BURNEO COMO EN LAS CLASES DE ELIZBETH SALMON.

Anónimo dijo...

Pero le faltó el principal: El que define los Conflictos Armados No Internacionales. ¿Ya lo vió en sus clases con Burneo y Salmón?